Overview
- La Resolución General 5765/2025, publicada hoy en el Boletín Oficial, restablece la segunda etapa del esquema para devolver pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS.
- Los importadores deberán empadronarse y presentar la DJIP en el “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS” entre el 6 de octubre y el 19 de noviembre de 2025.
- La norma cubre despachos con registro aduanero hasta el 12/12/2023 y también operaciones entre el 13/12/2023 y el 24/11/2024 cuando el pago no pudo aplicarse por falta de acceso al mercado de cambios o por suscripción de Bopreal con alícuota 0%.
- Las devoluciones se acreditarán en cuotas, con la primera disponible el 15 de diciembre y las siguientes dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, en un número de cuotas que depende del monto a devolver.
- Los créditos figurarán en el sistema Malvina para su uso contra futuros derechos de importación, y ante rechazos habrá un canal de consulta web habilitado hasta el 20 de noviembre con respuesta en un plazo de 20 días.